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El Régimen Especial de Criterio de Caja es un régimen opcional al que pueden acogerse de forma voluntaria aquellas Empresas y Autónomos que facturen menos de dos millones de euros al año. La principal ventaja de este régimen es que permite no tener que adelantar el IVA de las facturas a Hacienda hasta que éstas no estén cobradas.

¿Qué es el Criterio de Caja?

Como comentábamos antes, su objetivo es permitir a las pymes o autónomos no tener que liquidar ante la Agencia Tributaria el IVA de las facturas emitidas hasta que no se hayan cobrado. Dicho de otra manera, evitamos que el empresario tenga que adelantar un IVA que todavía no ha cobrado.

Como contrapartida, aquellas empresas o autónomos que se acojan a este régimen tampoco podrán deducir el IVA soportado en las compras y gastos hasta que paguen las facturas a sus proveedores.

Puedes obtener información detallada del Criterio de Caja en la web de la AEAT.

Para poder acogerse a este régimen, se deben cumplir dos requisitos:

  • No haber facturado más de dos millones de euros en el último año natural
  • Los cobros en efectivo a un mismo Cliente en un mismo año natural no deben superar los 100.000 euros
  • Quedan excluidas algunas operaciones, como las Intracomunitarias o las sujetas a Inversión del Sujeto Pasivo, importaciones…
  • También se excluyen otros regímenes especiales, como el Régimen de Recargo de Equivalencia, Régimen de Agricultura, Ganadería y Pesca, etc.

Cómo aplicar el Criterio de Caja

Como hemos comentado, la principal diferencia con respecto a otros regímenes es que solo debes declarar el IVA de las facturas ya cobradas, así como deducir el IVA de las facturas ya pagadas, en el Modelo 303. La Empresa deberá justificar el cobro/pago de las facturas que pueda declarar/deducir.

Cabe destacar que es posible darse de alta y de baja de este régimen simplemente notificándolo a Hacienda, con anterioridad de 30 días antes de que empiece el nuevo ejercicio fiscal.

Cómo crear una factura en SimplyGest si estás acogido al Criterio de Caja

Si estás acogido a este Régimen Especial, sigue los siguientes pasos para registrar tus facturas correctamente:

  • En primer lugar, configura tu Empresa indicando el Régimen al que está acogida, en Datos de su Empresa.
  • Configura también la «Clave Op.» correcta que se usará por defecto en tus operaciones, indicando «Criterio de Caja».

De esta manera, los Clientes que des de alta en SimplyGest tendrán asignada dicha «Clave Op» de forma predeterminada, aunque tendrás que cambiarlo/asignarlo manualmente en los clientes antiguos que no tengan esa opción seleccionada.

Cuando hagas una factura, ésta se guardará con ese dato informado, y al hacer el envío a VeriFactu, Hacienda sabrá que se trata de una factura realizada en Régimen de Criterio de Caja.

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